Hay una pregunta que el sistema penal prefiere que no hagamos: ¿quién está en la cárcel?

No en términos de delito cometido. En términos de clase social, nivel educativo, origen étnico, código postal. Porque cuando se responde a esa pregunta con datos reales, la narrativa del sistema de justicia como árbitro neutral e imparcial empieza a desmoronarse.

El dato de partida: España encarcela más que la media europea

Según el informe SPACE 2023 del Consejo de Europa —la estadística penitenciaria de referencia en la UE—, España tiene una tasa de encarcelamiento de 115 presos por cada 100.000 habitantes. La media de la Unión Europea es de 100.

No somos el país más punitivo de Europa Occidental: Portugal (121), Reino Unido (129) o Hungría (191) nos superan. Pero estamos significativamente por encima de países como Países Bajos (57), Finlandia (51) o Noruega (41), que tienen sociedades comparables en desarrollo económico y niveles de delincuencia similares o superiores.

La diferencia no está en la delincuencia. Está en cómo se decide responder a ella.

El perfil del preso en España: lo que los datos revelan

La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (SGIP) publica estadísticas detalladas sobre la población reclusa. Si se cruzan con datos socioeconómicos —algo que la institución no hace de forma sistemática, lo cual es en sí mismo significativo—, emerge un retrato nítido.

Nivel educativo. Según los datos del SGIP, más del 60% de la población reclusa en España no ha completado la educación secundaria obligatoria. Apenas el 4% tiene estudios universitarios. En la población general, la proporción de personas sin ESO es del 16%.

Situación laboral previa al ingreso. Más del 70% de las personas encarceladas estaba en situación de desempleo o empleo precario en el momento de su detención. La mayoría no contaba con contrato laboral estable.

Origen. Las personas de origen extranjero representan el 28% de la población reclusa en España, según el SGIP, cuando suponen el 15% de la población total. La sobrerrepresentación es especialmente marcada entre personas procedentes de Marruecos, Rumanía y países latinoamericanos.

Tipo de delitos. Los delitos contra el patrimonio —robos, hurtos, estafas— y los delitos contra la salud pública —principalmente tráfico de pequeñas cantidades de droga— representan más del 55% de las condenas. Son, en su mayoría, delitos de supervivencia o delitos en los que la pobreza actúa como factor determinante.

El fraude fiscal de gran escala, la corrupción, los delitos medioambientales corporativos o la violencia institucional no llenan las cárceles españolas. Llenan, en cambio, las páginas de economía de los periódicos con procesos judiciales que duran décadas y rara vez terminan en prisión efectiva.

La prisión preventiva: castigados antes de ser juzgados

Uno de los indicadores más reveladores del sesgo de clase en el sistema penal es el porcentaje de personas en prisión preventiva: detenidas pero aún no condenadas, a la espera de juicio.

En España, según SPACE 2023, el 21,4% de la población reclusa está en prisión provisional. Más de uno de cada cinco presos no ha sido condenado por ningún delito.

La prisión preventiva se decreta cuando el juez considera que existe riesgo de fuga o de destrucción de pruebas. En la práctica, el riesgo de fuga se evalúa, en gran medida, a través de dos factores: arraigo social y solvencia económica. Quien tiene trabajo estable, vivienda en propiedad y familia establecida demuestra arraigo. Quien no los tiene, es considerado «riesgo de fuga».

En otras palabras: la pobreza se convierte en un criterio para ir a la cárcel antes de ser juzgado. La presunción de inocencia tiene precio, y ese precio se llama arraigo socioeconómico.

El acceso a la justicia: ¿igualdad ante la ley?

El artículo 24 de la Constitución española garantiza el derecho a la tutela judicial efectiva y a la defensa. En teoría, quien no puede pagar un abogado tiene derecho al turno de oficio.

En la práctica, la abogacía de oficio está sistemáticamente infradotada en España. Según el Consejo General de la Abogacía Española, la retribución media por caso en el turno de oficio es de entre 150 y 400 euros, independientemente de la complejidad del asunto y del tiempo invertido. Muchos abogados de oficio gestionan simultáneamente decenas de casos activos.

La calidad de la defensa jurídica que puede pagarse marca, de forma estadísticamente significativa, el resultado del proceso penal. Los estudios académicos sobre sistemas de justicia comparados son consistentes en este punto: a igualdad de delito, la solvencia económica del acusado predice con fiabilidad la severidad de la condena.

Esto no significa que todos los jueces sean corruptos ni que el sistema sea deliberadamente injusto. Significa que está diseñado de una forma que produce injusticia de manera sistemática. Eso es, exactamente, lo que Galtung llamó violencia estructural.

El bucle: de la exclusión a la cárcel y de la cárcel a la exclusión

La cárcel no solo es el resultado de la exclusión social. También la produce y la agrava.

Un antecedente penal dificulta el acceso al mercado laboral. Muchas ofertas de empleo exigen certificado de antecedentes penales. El alquiler de vivienda se complica. El acceso a determinados servicios públicos se restringe. Las redes de apoyo familiar y social se deterioran durante el período de internamiento.

Las personas que salen de prisión en España lo hacen, en su mayoría, en condiciones materiales peores que cuando entraron. La tasa de reincidencia —que el SGIP cifra en torno al 30% en los tres primeros años tras la excarcelación— no habla de «incorregibles». Habla de un sistema que devuelve a las personas al mismo entorno de exclusión que las llevó allí, sin haber resuelto ninguna de las causas estructurales.

El bucle está diseñado para perpetuarse.

¿Qué sistema penal queremos?

Los países con las tasas de encarcelamiento más bajas de Europa no son los más peligrosos: son, en muchos casos, los más seguros. Noruega, Finlandia, Países Bajos priorizan la reinserción sobre el castigo, la intervención temprana sobre la reclusión, y la inversión en servicios sociales sobre la expansión del sistema penitenciario.

La evidencia científica sobre qué reduce la delincuencia es bastante clara: educación, vivienda, empleo digno, salud mental accesible y redes comunitarias de apoyo. No más años de cárcel.

Criminalizar la pobreza no reduce la pobreza. Solo la hace invisible, la aparta de las calles, la convierte en un problema de orden público en lugar de un problema de justicia social.

En Trascender la Violencia llevamos la danza y el debate a las prisiones españolas precisamente porque creemos que las personas privadas de libertad no son el problema de la sociedad: son el síntoma más visible de sus fallos estructurales. Y porque el arte, en espacios donde todo lo demás ha fallado, todavía puede abrir una puerta.


Visitamos centros penitenciarios como parte de la Fase 2 del proyecto «A la Guerra». Si representas a una institución penitenciaria o trabajas en el ámbito de la reinserción y quieres explorar una colaboración, escríbenos.

Consulta los datos actualizados sobre el sistema penal español en nuestro Observatorio de Violencia Estructural.

Fuentes: Consejo de Europa SPACE 2023, Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (SGIP) 2023, Consejo General de la Abogacía Española, EPA T4 2023, INE.